Definiciones.

Debido al momento que vive Cuba en términos históricos, me he propuesto dar un giro de tuerca en mis reclamos; por ello, y dada mi ausencia de pertenencia a más causa que la de la libertad de Cuba, y sin patrocinio distorsionante; intentaré que estas publicaciones, vayan como dardos a los corazones patriotas allí donde los haya, prometo no herir a ninguno, si acaso acelerarles el ritmo. Ahora quisiera hablar de esas cosas que considero importantes, o más que eso, vitales. Por ejemplo... las definiciones.


Es algo esencial, si usted no quiere andar por la vida dando palos de ciego, cuanto antes se defina mejor, así podrá en caso de ser uno de esos del ejercito de los buenos, comenzar útilmente a hacer el bien; si por el contrario, es usted uno de esos hijos de satanás acostumbrados a ir jodiendo a medio mundo, también le sirve definirse.


Ahora al tajo, veamos primero los conceptos a definir:



  • Plebiscito: Del latín plebiscitum, es una resolución tomada por un pueblo a partir de la pluralidad de votos. Para extendernos más allá de lo conceptual decir que se trata de una consulta popular en la que se convoca al pueblo para que emita su opinión sobre determinadas decisiones de tipo político o jurídico en un proceso electoral; como podéis ver, el pueblo siempre convocado por poderes públicos. Ya desde la antigua Roma, debía ser un Tribuno quien hablaba en nombre de...  Los hay de dos tipos, el vinculante que como su nombre indica son de obligado cumplimiento, y el consultivo, que no necesariamente pueden ser tomados en cuenta.

  • Referéndum: Procedimiento jurídico por el que se somete a votación popular una ley o un asunto de especial importancia para el Estado; normalmente se usa para que sea la ciudadanía la que vote para aprobar o rechazar la concepción o derogación de una ley. Existe un referéndum especial en política, el revocatorio, es una consulta popular sobre la permanencia o no de un Jefe de Estado, ademas, el referéndum revocatorio debe incluirse dentro de la Constitución del país para poderse llevar a efecto y sólo puede considerarse como tal si los resultados determinan efectivamente sobre la permanencia o la salida del actual Jefe de Estado; si los resultados no son determinantes entonces se considera como un plebiscito.


Querido amigo lector, existe un denominador común a estos dos procedimientos: son mecanismos de democracia directa, y de participación ciudadana; tienen como fin, impulsar la democracia participativa o democracia directa que busca generar ciudadanos con roles más protagónicos en las decisiones de carácter publico. Repito por si no le ha quedado claro, DEMOCRATICOS. Cuba, desde que fuese sustituida la Constitución del 40 por la infame Constitución Castrista del 76, - que solo aparecerá en la historia cuando seamos libres para mencionar a los 54 070 cubanos que dignificaron su historia votando en contra-, NO ES UN PAIS DEMOCRATICO, no lo digo yo, sino más de medio mundo.


Para los que quieran buscar el antecedente de un referéndum que terminó con una dictadura, y traigan a colación el de 1988 en Chile, les recuerdo que fue el propio Pinochet quien lo autorizó; más acá en el tiempo tenemos el de Chavez, que fue igualmente convocado por él mismo pero en este caso, los venezolanos hicieron lo que hicieron, y aun lo están pagando, que gratis en esta vida amigos, nada.


En Cuba la participación popular ha sido  hábilmente sectorizada en cuanto ámbito de la vida publica para así "encauzar" cualquier probable reclamo popular; asi, FMC, PCC, UJC, OPJM, FEEM, FEU, ANAP, CDR, FMC, UNEAC,... y muchas más, han venido a inundar cualquier espacio social, humano o divino, para jugar siempre con ventaja. Los leguleyos pueden explicar mas técnicamente la inviabilidad de referendos revocatorios en Cuba, cabe decir que en ningún caso este mecanismo llegaría a afectar al Consejo de Estado; porque aunque pudieras lograr una moción, una simple comisión de ética puede echarlo abajo contra el criterio de toda la Asamblea; si amigo, así son las cosas en Castrolandia. Ah, no olvidemos quienes son los dirigentes de todas esas organizaciones, y el carnet que portan, como el de cualquier cubano que se acerque al poder, aunque sea en su mínima expresión. 


La reforma de 1992 solo vino a parapetar el sistema, no voy a marearlos con temas que no conozco en términos jurisprudentes; solo deciros que dicha reforma, fue la respuesta jurídica al Proyecto Varela. La Institucional llegaría años después en una curva del Oriente de Cuba, donde al estilo siciliano, reclamaron la vida Osvaldo Paya. Ahora, que sabemos todo esto deberíamos preguntarnos:
    
Deberíamos embarcarnos en proyectos reformistas frente al castrismo?. Es posible realizar un referéndum revocatorio que no lo contempla la propia Constitución?.
Van a ir los Castristas contra el sistema que los soporta aceptando criterios que no son reconocidos legalmente por sus leyes?.
Si no existen vericuetos legales, no sería mejor que solo se actuase de manera contestataria, y no peticionaria?.


Queridos amigos, los referendos y plebiscitos son herramientas democráticas no aplicables para Cuba. Para poder lograr la rendición del tirano por vía de referéndum revocatorio al estilo Chile o Venezuela, tendríamos que primero ponernos de acuerdo en que vamos a exigir, con puntos y comas, para hablar a una, e intentar no convencerles, sino acorralarles; porque además, sin respaldo popular sería muy difícil, - ese respaldo habrá que ganárselo-, y esto pasa por unidad de discurso y acción, para convencer a los futuros demandantes hoy silenciados. Dejar atrás ese ambiente electoralista que se vive en los grupos opositores dentro y fuera es vital, ya habrá tiempo para ello; pero primero la libertad, que no se ganará con escaramuzas plebiscitarias, ni referendos de mantequilla. 

Por si no han acabado de conocer a quienes nos desgobiernan hace sesenta años, son de la peor especie de alimañas, y solo a palos saldrán de su inmunda cueva.


Si no, sigue la rima sirena... 


 

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